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En toda operaciĂ³n de exportaciĂ³n e importaciĂ³n, las partes han de acordar, en el contrato de compraventa o en el intercambio entre la oferta y la demanda, el medio de pago para liquidar la operaciĂ³n y en el momento que hay que liquidarla.

Asimismo, se debe tener en cuenta si el pago estarĂ¡ en funciĂ³n de la existencia de documentos comerciales, o no, como elemento esencial del pago. Dependiendo de este, los medios de pago se clasificaciĂ³n en simples, o no documentarios, y documentarios.

Los documentos comerciales son todos aquellos documentos, exceptuando los financieros (pagare, letra, etc.), necesario para acceder al cobro de la operaciĂ³n. Por ejemplo: factura, documento de transporte, certificado de origen, entre otros.

Anteriormente hemos hablado sobre los medios de pago simple; por ello, en este artĂ­culo hablaremos sobre cada uno de los medios de pago documentarios y su proceso de pago.

Orden de Pago Documentaria

La orden de pago documentaria es el mandato que el importador da a su banco para que abone al exportador la cantidad correspondiente, con la salvedad de que Ă©ste debe presentar unos documentos que el importador comunica a su entidad. Aunque este medio es parecido a la carta de crĂ©dito que se explicara pĂ¡rrafos mĂ¡s abajo, la orden de pago documentaria no es irrevocable y no posee legislaciĂ³n especĂ­fica.

Proceso de pago

  1. El importador solicita a su banco que efectĂºe una transferencia, condicionando su pago a la presentaciĂ³n de determinados documentos.
  2. El banco emisor adeuda al importador el importe de la transferencia.
  3. El banco emisor hace llegar las instrucciones al banco pagador.
  4. El banco pagador remite al exportador las condiciones de pago.
  5. El exportador envĂ­a la mercancĂ­a al lugar de destino.
  6. El exportador presenta los documentos que acrediten el envĂ­o de la mercancĂ­a.
  7. El exportador recibe el abono en su cuenta.
  8. El banco pagador envĂ­a la documentaciĂ³n recibida al banco emisor y le adeuda el importe pagado.
  9. El banco emisor entrega los documentos al importador para que Ă©ste pueda disponer de la mercancĂ­a.
  10. El importador retira la mercancĂ­a.

Remesa Documentaria

En este caso, el exportador reĂºne una serie de documentos comerciales (facturas, documentos de transporte, certificados, etc.) y financieros que entrega en su banco para que se encargue del cobro contra la entrega dichos documentos comerciales.

El banco o su corresponsal realiza la gestiĂ³n correspondiente para el cobro y entrega de los documentos comerciales y se produce el pago del importe correspondiente, señalado en el/los documentos financieros.

Lo habitual es que si el pago es diferido, el importador proceda a aceptar los documentos financieros.

Proceso de pago

  1. El exportador expide la mercancĂ­a hasta el puerto de destino acordado.
  2. El exportador entrega a su banco los documentos comerciales junto con el efecto (o los efectos), instruyéndole sobre el cobro.
  3. El banco remitente envĂ­a al banco presentador los documentos comerciales, junto con el efecto y las instrucciones de cobro.
  4. El banco presentador comunica al importador que los documentos comerciales y financieros estĂ¡n a su disposiciĂ³n, pendientes de aceptaciĂ³n.
  5. Si todo estĂ¡ conforme, el importador acepta el efecto.
  6. El banco presentador entrega la documentaciĂ³n comercial al importador.
  7. El importador retira la mercancĂ­a.
  8. El banco presentador devuelve al banco remitente el efecto aceptado.
  9. El banco remitente entrega al exportador el efecto aceptado.

Carta de crédito

Este medio de pago es el mĂ¡s habitual en las operaciones donde no existe relaciĂ³n de confianza entre el exportador e importador. El banco emisor, por solicitud y conforme a lo pedido por el ordenante (importador), hace el pago al beneficiario (normalmente el exportador), contra la entrega de una serie de documentos exigidos por el importador, siempre y cuando se cumplan todas las condiciones y tĂ©rminos del crĂ©dito.

Existen distintas variedades de carta de crĂ©dito. Las entidades bancarias pueden informar tanto a exportadores como a importadores de los distintos tipos, costos, seguridad que aporta a la operaciĂ³n, etc.

Proceso de pago

  1. El importador ordena a su banco la apertura del crédito documentario.
  2. El banco avisa al banco del exportador a travĂ©s de un tercer banco comprobando el riesgo de la operaciĂ³n.
  3. Este tercer banco avisa del crĂ©dito al exportador y añade o no su confirmaciĂ³n, segĂºn corresponda.
  4. El exportador, examinados los requerimientos y estando conforme, procede al embarque de la mercancĂ­a y a ponerla a disposiciĂ³n del importador.
  5. Entrega los documentos en el banco que le ha avisado del crédito y, si todo es conforme, procede al pago.
  6. Este banco remite los documentos al banco del importador que es el que emitiĂ³ el crĂ©dito a instancias de su cliente y, si comprueba que todo es conforme, le rembolsarĂ¡ el importe al banco del exportador (en caso de que Ă©ste haya confirmado) y finalmente entregarĂ¡ los documentos al importador. Previamente habrĂ¡ retenido los fondos correspondientes en la cuenta del importador.



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