[ad_1]
En toda operaciĂ³n de exportaciĂ³n e importaciĂ³n, las partes han de acordar, en el contrato de compraventa o en el intercambio entre la oferta y la demanda, el medio de pago para liquidar la operaciĂ³n y en el momento que hay que liquidarla.
Asimismo, se debe tener en cuenta si el pago estarĂ¡ en funciĂ³n de la existencia de documentos comerciales, o no, como elemento esencial del pago. Dependiendo de este, los medios de pago se clasificaciĂ³n en simples, o no documentarios, y documentarios.
Los documentos comerciales son todos aquellos documentos, exceptuando los financieros (pagare, letra, etc.), necesario para acceder al cobro de la operaciĂ³n. Por ejemplo: factura, documento de transporte, certificado de origen, entre otros.
En este artĂculo hablaremos sobre cada uno de los medios de pago simples y su proceso de pago.
Cheque personal
Se trata de un mandato de pago incorporado a un tĂtulo de crĂ©dito formal y completo, que permite al nominado retirar en su provecho (o de terceros) fondos que estĂ¡n disponibles en el librado (una entidad financiera).
Proceso de pago
- El exportador envĂa directamente las mercancĂas junto con los documentos acreditativos de la propiedad al importador (librador).
- El importador le remite un cheque en dĂ³lares o divisas contra su cuenta (en su paĂs o en cualquier otro paĂs).
- El exportador entrega el cheque en su banco para que gestione el pago o lo negocie.
- El banco negociador envĂa el cheque al banco pagador.
- Si el cheque es conforme, el banco pagador adeuda el importe del mismo en la cuenta del importador.
- El banco pagador abona al banco negociador el importe del cheque.
- El banco negociador abona al exportador el importe del cheque.
Cheque Bancario
En este caso, el cheque lo emite una entidad bancaria contra sĂ mismo o contra los fondos que tenga depositados en otra entidad bancaria en el exterior. Puede emitirlo al portador, nominativo no endosable, a la orden o cruzado, con lo que solo se puede cobrar mediante su abono en la cuenta del beneficiario.
Proceso de pago
- El exportador envĂa las mercancĂas al importador, junto con la documentaciĂ³n.
- El importador o adquirente solicita a su banco (banco emisor) que, con cargo a sus fondos, libre un cheque bancario a favor del exportador, contra un banco del paĂs de Ă©ste (banco pagador).
- El banco del importador adeuda a Ă©ste el importe del cheque mĂ¡s las comisiones pertinentes, entregĂ¡ndole el cheque bancario.
- El importador remite el cheque bancario al exportador (a menudo, a travĂ©s de un servicio de mensajerĂa).
- El exportador presenta el cheque en el banco pagador, para que se lo abone.
- El banco pagador abona el cheque al exportador.
- El banco emisor rembolsa al banco pagador.
Orden de Pago Simple
Se trata de una peticiĂ³n cursada por el ordenante (importador) a su banco, para que pague a un tercero (beneficiario) una cantidad determinada. En la orden de pago simple el beneficiario debe confirmar su identidad.
Proceso de pago
- El exportador envĂa la mercancĂa al importador.
- El importador recibe la mercancĂa y da instrucciones a su banco para que se realice la transferencia a favor del exportador.
- El banco emisor adeuda en la cuenta del importador el importe de los fondos transferidos.
- El banco emisor comunica al banco pagador el abono del importe en la cuenta del exportador.
- El exportador cobra la operaciĂ³n mediante un abono en su cuenta.
Remesa Simple
Es la operaciĂ³n de cobro de documentos financieros de una exportaciĂ³n sin que sea necesaria la presentaciĂ³n de documentos comerciales.
Los documentos de cobro pueden ser letras de cambio, pagarĂ©s, recibos, etc. El vendedor, una vez formalizados, los entrega en su banco para que Ă©ste se encargue de gestionar el cobro, bien al contado o con pago diferido, segĂºn sea el vencimiento de los documentos financieros mencionados.
Proceso de pago
- El exportador realiza el envĂo de la mercancĂa hasta el punto convenido.
- EnvĂa los documentos comerciales al importador.
- Emite el documento financiero; letra de cambio, pagarĂ©, etc. con el vencimiento acordado y lo entrega a su banco para que proceda a presentarlo al importador para el cobro al contado o su aceptaciĂ³n en el caso de que sea aplazado.
- Si estĂ¡ conforme con los tĂ©rminos acordados, el comprador devuelve el giro aceptado.
- El banco percibe el importe y lo abona al exportador o custodia el documento hasta su vencimiento y lo presenta al cobro.
[ad_2]
Fuente original